Anexo 6, Memoria plan hidrológico de la cuenca
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes está procediendo a la elaboración de la "Red de Espacios Naturales Protegidos de Aragón" (RENPA).
Los espacios incluidos en la RENPA son los siguientes:
-Selvas de Zuriza y Oza.
-Circo de Aspe.
-Anayet-Collarada.
-La Garcipollera.
-Valle de Tena.
-Valle de Bujaruelo.
-Valle de Broto.
-Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.
-Valle de Vió.
-Solana de Burgasé.
-Valle de Bielsa.
-Cuenca del Yaga.
-Valle del Cinqueta.
-Cotiella.
-Peña Montañesa.
-Macizo Posets-Maladeta.
-Valle de Benasque.
-El Turbón.
-Baliera, Llauset y Salencas.
-Sierra de Leyre y Foz de Sigüés.
-Foz de Fago-Majones.
-Foz de Biniés.
-San Juan de la Peña.
-Señoritas de Arás.
-Senda de Sta. Orosia.
-Pardina de Niablas.
-Cerrada de Jánovas*.
* En su reunión del 12 de febrero de 1996, el Consejo del Agua aprobó la conveniencia de la supresión, por quien correspondiera, de este espacio de la R.E.N.P.A.
-Sierra de Sto.Domingo.
-Los Mallos de Riglos.
-Sierra de Gratal.
-Alto Guarga.
-Sierra de Guara.
-Congosto de Ólvena.
-Balsas de Estaña.
-Congosto de Fet.
-Congosto de Mongay.
-Pinares de Zuera.
-Vedado de Peñaflor.
-Sierra de Alcubierre.
-Sabinar de Pallaruelo.
-Laguna de Sariñena.
-Ripas de Alcolea y Ballobar.
-Retuerta de Pina.
-Lagunas endorreicas de Bujaraloz.
-Galacho de Juslibol.
-Galacho de La Alfranca.
-Mar de Aragón y Val de Aloras.
-La Valcuerna.
-Salada de Chiprana.
-Estanca y Salada de Alcañiz.
-Macizo del Moncayo.
-Sierra de la Virgen.
-Sierra de Vicort.
-Sierra de Algairén.
-Monasterio de Piedra.
-Sierra de Cucalón.
-Desfiladero del río Martín.
-Organos de Montoro y los Estrechos (del Guadalope).
-Puertos de Beceite y Peñarroya.
-Desfiladero del río Mesa.
-Desfiladero del río Piedra.
-Cuenca endorreica de Gallocanta.
-Peña Palomera.
-Alto Gúdar.
De entre los espacios incluidos en la RENPA, la situación de protección es la siguiente:
-Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido. Un R.Dto. de 16-8-1918 crea el Parque N. de Ordesa o del río Ara, reclasificado por Ley 52/82, de 13 de julio (B.O.E. 30-7), que lo amplía, establece su régimen jurídico y le da la actual denominación.
El R.Dto. 409/95, de 17 de marzo (B.O.E. 11-5), aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión.
-Sitio Nacional del Monte de S.Juan de la Peña. R.Orden de 31 de octubre de 1920 -Gaceta 5-11-1920.
-Parque Natural de La Dehesa del Moncayo. La R.Orden de 30 de julio de 1927 -Gaceta 4-8- había declarado Sitio Natural de Interés Nacional La Dehesa del Moncayo.
El Dto. 3060/78, de 27 de octubre, (B.O.E. 28-12) pasa a denominarlo Parque Natural, de acuerdo con la nueva clasificación dada por la entonces vigente Ley 15/75, de 2 de mayo, de Espacios Naturales.
El Dto. de Aragón 31/90, de 6 de marzo (B.O.A. 19-3) aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión.
-Paraje pintoresco del terreno en que está enclavado el Monasterio de Piedra. Dto. de 28 de diciembre de 1945 (B.O.E. 11-1-46).
-Reservas de Caza de Los Valles, Viñamala, Los Circos, Benasque y Beceite.
La Ley 37/66, de 31 de mayo (B.O.E. 2-6), crea las Reservas Nacionales de Los Valles, Viñamala, Los Circos, Benasque y Beceite.
La Ley de Aragón 12/92, de 10 de diciembre, de normas reguladoras de la Caza (B.O.A. 14-12) establece una nueva clasificación de los terrenos cinegéticos sometidos a régimen especial.
En consonancia con esa nueva clasificación, el Dto. de Aragón 190/94, de 13 de septiembre (B.O.A. 28-9) las denomina Reservas de Caza. Incluye también en esta clasificación el Coto Nacional de la Garcipollera (Huesca).
-Parque Posets-Maladeta.
El Dto. 2419/70, de 24 de julio (B.O.E. 25-8), declaró Paraje Pintoresco el Valle de Benasque (Huesca).
El Dto. 907/76, de 18 de marzo (B.O.E. 29-4), declaró Paraje Pintoresco el conjunto formado por los núcleos urbanos de Bielsa, Tella-Sin, Puértolas, Fanlo del Valle, Vió, Gistaín, Plan, S.Juan de Plan y Laspuña, con el entorno que los rodea, en el alto Valle del Cinca (Huesca).
La Ley de Aragón 3/94, de 23 de junio (B.O.A. 1-7), modificada por Ley 8/94, de 28 de septiembre (B.O.A. 7-10), crea el Parque Posets-Maladeta, dejando sin efecto las declaraciones de paraje pintoresco citadas anteriormente.
-Refugio de Fauna Silvestre de la laguna de Gallocanta.
El Dto. de Aragón 42/85, de 2 de mayo (B.O.A. 15-5), había creado el Refugio Nacional de Caza de la laguna de Gallocanta, tomando como base la figura prevista en el artº 11, punto 1 de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970 (B.O.E. 6-4-70).
Establecida una nueva clasificación de los terrenos por la Ley de Aragón 12/92, de 10 de diciembre, de Normas reguladoras de la Caza (B.O.A. 14-12); el Dto. 69/95, de 4 de abril (B.O.A. 19-4) derogando el anterior Decreto, reclasifica el Refugio Nacional de Caza de la laguna de Gallocanta en Refugio de Fauna Silvestre.
-Refugio de Fauna Silvestre de la laguna de Sariñena.
Como en el supuesto anterior, el Dto. de Aragón 43/85, de 2 de mayo (B.O.A. 15-5), había creado el Refugio Nacional de Caza de la laguna de Sariñena de acuerdo con la legislación vigente.
El Dto. 70/95, de 4 de abril (B.O.A. 19-4), deroga el anterior y lo reclasifica en Refugio de Fauna Silvestre, de acuerdo con la clasificación de terrenos de la Ley de Caza de Aragón.
-Refugio de Fauna Silvestre de "La Lomaza" de Belchite.
Creado por Dto. de Aragón 5/88, de 19 de enero (B.O.A. 1-2), el Refugio Nacional de Caza de "La Lomaza" de Belchite y, como en los dos supuestos anteriores, reclasificado por el Dto. 68/95, de 4 de abril (B.O.A. 19-4), en Refugio de Fauna Silvestre. El Decreto de reclasificación deroga al anterior.
-Monumentos Naturales de los Glaciares Pirenaicos.
La Ley de Aragón 2/90, de 21 de marzo (B.O.A. 28-3) declara monumentos naturales a los Glaciares Pirenaicos. La denominación de la figura se basa en la clasificación de espacios de la Ley 4/89, de 27 de marzo (B.O.E. 28-3), de conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
-Parque de la Sierra y los Cañones de Guara.
Declarado por Ley de Aragón 14/90, de 27 de diciembre (B.O.A. 21-1-91).
El Dto. de Aragón 73/87, de 9 de junio (B.O.A. 17-16) había establecido un régimen urbanístico especial para el citado parque.
-Reserva Natural de los Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro.
La Ley de Aragón 5/91, de 8 de abril (B.O.A. 12-4) declaró Reserva Natural al espacio correspondiente a la zona denominada "Los Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro". La figura se corresponde con la definida en el artículo 12 de la Ley 4/89, de 27 de marzo (citada).
El Dto. de Aragón 130/91, de 1 de agosto (B.O.A. 9-8) aprueba la delimitación topográfica.
El Dto. 149/95, de 29 de mayo (B.O.A. 14-6) inicia el procedimiento de aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los Sotos y Galachos del río Ebro (tramo Zaragoza-Escatrón).
-Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo.
-Ripas de Alcolea y Ballobar.
-Galacho de Juslibol.
-Cañones de la Sierra de Guara en los ríos Flumen, Guatizalema, Alcanadre, Vero, Calcón, Fórmiga, Balcés y Mascún.
-Foz de Sigüés.
-Foz de Fago-Majones.
-Foz de Biniés.
-Garganta de Los Navarros (Bujaruelo).
-Desfiladero de Las Devotas (Bielsa).
-Garganta de Escuaín (Vió).
-Cañón de Añisclo (Ordesa).
-Congosto de Ólvena.
-Congosto de Fet.
-Congosto de Mongay.
-Congosto del Ventamillo (Benasque).
-Boca del Infierno (Zuriza-Oza).
-Parrissal de Beceite (Puertos de Beceite).
-Desfiladeros del río Martín.
-Estrechos del Guadalope.
-Desfiladero de Calmarza (río Mesa).
-Desfiladero de Piedra.
4.1.- Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAs).
-Sierra y Cañones de Guara.
-Ordesa y Monte Perdido.
-Gallocanta.
-Valles Occidentales.
-La Lomaza de Belchite.
-Galachos del Ebro.
-Parque Posetes-Maladeta (O. de 17-5-95; B.O.A. 31-5)
4.2.- Zonas Especiales de Conservación.
Sin contenido.
4.3.- Áreas Importantes para las Aves (Importance Bird Areas, IBAs).
-Belagua-Ansó-Hecho (Aragón y Navarra).
-Collarad-Bardenas Reales (Navarra y Aragón).
a-Telera.
-Panticosa-Viñamala-Tendeñera.
-Ordesa-Bielsa.
-Gistaín-Cotiella.
-Posets-La Maladeta-Entecada (Aragón y Cataluña).
-Foces de Biniés y Fago.
-S. Juan de La Peña-Peña Oroel.
-Santo Domingo-Riglos-Gratal.
-Sierra de Guara.
-Oturia-Canciás.
-Turbón-Espés-Sis.
-Sierras de Montsech y Mongay (Cataluña y Aragón).
-Embalse de Tormos (La Sotonera).
-Montes de Zuera.
-Sierra de Alcubierre.
-Bajo Alcanadre.
-El Saso (Osera).
-Los Monegros (Pina-Bujaraloz).
-Ballobar.
-Almacelles-Gimenells (Cataluña y Aragón).
-Río Ebro (La Alfranca-Pina de Ebro).
-Sierras de Valdurrios-Serreta Negra y Los Rincones.
-Embalse de Caspe o de Mequinenza.
-Urrea de Jalón.
-Bajo Huerva.
-Belchite-Mediana.
-Saladas de Alcañiz.
-Sierra del Moncayo.
-Río Manubles.
-Hoces del Jalón-Sierra de Algairén.
-Cortados del río Mesa.
-Gallocanta.
-Blancas-Torralba de Los Sisones.
-Visiedo.
-Río Martín.
-Sierra de Arcos.
-Río Guadalope.
-Sierra de Albarracín.
-Puertos de Beceite-Monte Turmell (Cataluña, Aragón y C. Valenciana).
-Llanos de Alfamén.
-Llanos de Pozondón.
4.4.- Espacios incluidos en algún plan de recuperación de especies protegidas de flora o fauna.
-Dto. 97/93, de 18 de agosto. Plan de recuperación del bucardo o cabra pirenaica. (B.O.A. 3-9-93).
El área de distribución comprende la Cordillera Pirenaica, especialmente el Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.
-Dto. 184/94, de 31 de agosto. Régimen de protección para el quebrantahuesos y Plan de recuperación. (B.O.A. 9-9-94). Modificado por Dto. 34/95, de 7 de marzo (B.O.A. 22-3-95).
-Dto. 239/94, de 28 de diciembre. Régimen de protección para Borderea Chouardii (Gaussen) Heslot y plan de recuperación. (B.O.A. 11-1-95).
A efectos de protección actual de la especie los límites son todos los escarpes, montes y sierras del término municipal de Sopeira (Huesca), y a efectos del marco de actuación del Plan de Recuperación, los límites son todas las sierras prepirenaicas de las provincias de Huesca y Zaragoza.
5.1.- Reserva de la Biosfera.
-Ordesa y Viñamala.
6.1.- En función de la población de aves acuáticas que albergan.
6.1.1.-De importancia internacional.
-Laguna de Gallocanta (inscrita en la Lista Ramsar por Acuerdo del Cjo. de Ministros de 17-3-94; B.O.E. 7-6-94).
-Laguna de Chiprana (inscrita en la Lista Ramsar por Acuerdo del Cjo. de Ministros de 17-3-94; B.O.E. 7-6-94).
-Confluencia de los ríos Cinca y Segre (Aragón y Cataluña).
6.1.2.-De importancia nacional.
-Laguna de Sariñena.
-Embalse de Tormos o de La Sotonera.
-Saladas de Alcañiz.
-Embalse de Mequinenza.
-Embalse de Yesa.
-Embalse de Barasona.
-Balsas de Rafles (balsa de Santa Rita, balsa de Valunga, balsa del Pas y balsa de Rafles).
-Embalse de Cueva Foradada.
-Embalse de Santolea.
6.1.3.-De importancia regional.
-Embalse de Las Navas.
-Estanca de Alcañiz.
-Galacho de La Alfranca.
-Embalse de Ardisa.
-Embalse de Bolaso.
-Estanca de Castiliscar.
-Estanca de Chiprana.
-Laguna de Moncayuelo.
-Balsa del Planerón.
-Embalse de San Bartolomé.
-Embalse de La Tranquera.
-Embalse de Valdelafuén.
-Laguna de la Zaida.
-Embalse de Valdabra.
-Embalse de Reguero-E.de Castelnou.
-Islas de Pina de Ebro.
6.2.- En función de su riqueza biológica.
6.2.1.-Con importancia europea.
-Gallocanta, lagunas.
6.2.2.-Con importancia nacional.
-Estanca de Alcañiz.
-Lagunas de Chiprana.
-Lagunas de Sástago-Bujaraloz.
6.2.3.-Con interés singular.
-Ibones de Anayet.
-Lago Anglios.
-Ibón Estanés.
-Ibón de Piedrafita.
-Balsa Valjunquera.
-Lagunas de Sástago-Bujaraloz.
6.3.- En función de otros criterios.
Sin contenido.
6.4.- Zonas húmedas protegidas expresamente por disposición de la Comunidad Autónoma.
Sin contenido.
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