Los Órganos colegiados son Instituciones básicas, con tradición histórica, que aseguran la representatividad y participación de las diferentes administraciones, usuarios y ciudadanos en el Organismo de cuenca. Se rigen, con carácter general, por los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, salvo que existan estatutos.
La regulación de los órganos colegiados de los Organismos de cuenca viene determinada por lo dispuesto el Texto Refundido de la Ley de Aguas -aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001-, el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica -aprobado por el Real Decreto 927/1988-, y el Real Decreto 931/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Ebro, modificado por el Real Decreto 312/2001. La participación se lleva a cabo a través de una serie de órganos:
Los Órganos Colegiados